top of page

SEGUROS DE DAÑOS

 

Diariamente estamos expuestos a sufrir daños y perjuicios por diversas causas, pero también estamos propensos a ocasionarlos a un tercero. 

La reparación y/o la compensación de los daños y perjuicios implican, por lo general, el pago de sumas económicas, que de no contar con ellas, el responsable puede ser sujeto de demandas legales.

Los seguros de Daños protegen el patrimonio o negocio de los asegurados contra daños sufridos por los riesgos a los que están expuestos los bienes materiales, así como las pérdidas consecuenciales ocurridas a raíz de los daños amparados dentro del contrato.

Para estar en posibilidades de reparar los daños y perjuicios causados a terceros y a sus bienes es importante contar con un seguro de responsabilidad civil, el cual es el instrumento financiero que permitirá que el responsable cumpla con sus obligaciones, sin tener que afectar su patrimonio.

 

dan2.jpg

Para estar en posibilidades de reparar los daños y perjuicios causados a terceros y a sus bienes es importante contar con un seguro de responsabilidad civil, el cual es el instrumento financiero que permitirá que el responsable cumpla con sus obligaciones, sin tener que afectar su patrimonio.

Tipos de Seguros de Daños

dan4.jpg

Puedes contratar los siguientes tipos de seguros de daños según tu necesidad a cubrir: 

  • Seguro de incendios: Garantizar la indemnización, en virtud de la ley y del contrato, los daños producidos por incendio en el objeto asegurado. La cobertura se extenderá a los objetos descritos en la póliza.

  • Seguro contra robo: Garantizar dentro de los límites marcados por la ley, y de acuerdo con el contrato, indemnizar los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros de las cosas aseguradas. 

  • Seguro de transportes terrestres: Garantizar dentro de los límites de la ley y del contrato, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir, con ocasión o como consecuencia del transporte, las mercancías porteadas, el medio utilizado u otros objetos asegurados. 

  • Seguro de responsabilidad civil: Garantizar dentro de los límites de la ley y del contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento, a cargo de la persona asegurada, de la obligación de indemnizar a tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable la persona asegurada. Por lo tanto la compañía aseguradora responderá, en lugar de la persona asegurada, de la obligación del pago de las indemnizaciones. 

  • Seguro de hogar: Cubre los daños que se puedan producir en la vivienda y en los bienes que se encuentran dentro de la misma por riesgos tales como incendios, robos, accidentes domésticos, roturas de cañerías, etc.

  • Seguro de defensa jurídica: Garantizar dentro de los límites legales y del propio contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir la persona asegurada como consecuencia de su intervención en el procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.

  • Seguro de lucro cesante: Garantizar dentro de los límites legales y del propio contrato, a indemnizar a la persona asegurada la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro descrito en contrato.

  • Seguro de caución: Garantizar dentro de los límites legales y del propio contrato, a indemnizar a la persona asegurada a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos.

  • Seguro de auto: Cubre la responsabilidad de la persona conductora sobre los daños que cause en personas o bienes durante la circulación. Se trata de un seguro obligatorio

  • Seguro de crédito: Garantizar dentro de los límites legales y contractuales, a indemnizar a la persona asegurada las pérdidas finales que experimente como consecuencia de la insolvencia definitiva de sus personas deudoras. 

  • Seguro de grandes riesgos: Garantizar dentro de los límites legales y contractuales, a indemnizar los siniestros sufridos, robos o pérdidas en los  vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, la responsabilidad civil en vehículos aéreos, marítimos, lacustres y fluviales  ya que se consideran grandes riesgos según la Ley.

Beneficios

dan1.jpg
  • Puedes asegurar edificios, maquinaria y equipos, dinero en efectivo, cheques, materia prima y otros bienes necesarios para el funcionamiento de tu empresa.

  • Resguarda tu patrimonio si debes indemnizar a terceros afectados por tu negocio.

  • En transporte marítimo se amparan las contribuciones por avería gruesa, gastos de salvamento y responsabilidad de las partes involucradas por colisión.

  • Tu mercancía está protegida ante daños que pueda sufrir durante el transporte u operaciones de carga y descarga, ya sea que viaje por barco, avión o vía terrestre.

Tú seguridad... Nuestra Prioridad

En Bárcenas Administraciones te acompañaremos durante todo el proceso, brindándote el apoyo y asesoria necesaria hasta conseguir el seguro de daños que tú necesitas.

fian1.jpg
bottom of page